El Decreto-Ley 6/2020 (publicado en el DOGC el 13 de marzo) estableció, entre otras medidas, que se articularían líneas de aval y financiación para pequeñas y medianas empresas a través del Instituto Catalán de Finanzas (ICF) y de las entidades que dependen de él (Avalis), todo ello con el fin de evitar la posible recesión en la economía catalana como consecuencia del COVID 19 y para garantizar la estabilidad de los puestos de trabajo.

Asimismo, para garantizar el riesgo asumido por el ICF y Avalis ante las entidades financieras, por los préstamos que concedan para financiar actividades destinadas a paliar los efectos de la pandemia, el Govern de la Generalitat se obligó a constituir un fondo de 188 millones en 5 años, con el objeto de garantizar el 75% de dicho riesgo.

En relación con los préstamos avalados por Avalis, ya es posible solicitar el denominado ICF – Avalis liquidez COVID-19, cuyas características son las siguientes:

– Importe del préstamo entre 50.000€ y 1.000.000€.
– Avalis de Catalunya avalará el 100% de la operación.
– El plazo del préstamo será de un máximo de 60 meses (5 años), con hasta un año de carencia.
– Se limita el interés por parte de las entidades financieras, a un máximo del precio del EURIBOR a 12 meses, más un diferencial máximo del 2,35%.
– Comisión de Administración y Riesgo (CAIR) del 0,65%.
– Sin comisión de apertura ni de estudio.

Deberán contactar con su Entidad Financiera para gestionar las condiciones del préstamo, siendo la entidad financiera la que se pondrá en contacto con Avalis de Catalunya de cara a la gestión del aval.

Las entidades a las que se puede solicitar el préstamo con el aval del 100% de Avalis de Catalunya son las siguientes: Caixabank, Banc Sabadell, Banco Santander, Bankia, Bankinter, BBVA, Cajamar, Caixa Enginyers, Caixa d’Arquitectes y el ICF.

Por el momento no se han articulado las condiciones de los préstamos avalados por el ICF para cubrir las necesidades de liquidez de las pymes a consecuencia de la situación de emergencia actual.

No obstante lo anterior, en la propia página web del ICF se aconseja que las empresas interesadas se dirijan a su entidad financiera para empezar a gestionar las condiciones del préstamo y serán éstas las encargadas de ponerse en contacto con el ICF para la gestión del aval.

Atentamente,

Ricard Sánchez

Secretario general