En carácter de urgencia os avanzamos los artículos específicos del Real Drecreto publicado con fecha 18/03/2020 referentes al ERTE. atentamente que se establecen dos procedimientos.
1. Art. 22 – Expedientes por causas de fuerza mayor. Se tiene que poder establecer y documentar muy claramente la vinculación entre la suspensión de la actividad y el COVID 19.
2. Art. 23 – Expedientes per causas económicas, productivas y organizativas. Se tendrá que justificar la disminución y/o cancelación de pedidos, entre otros, entendiendo que estas se producen como un efecto indirecto por la situación de excepcionalidad vinculadas al COVID 19.
Ponome a vuestra disposición las siguientes personas para atender vuestras consultas
Ricard Sánchez – r.sanchez@gremi.net
Salvador Alcolea – s.alcolea@gremi.net
Ramón Vilaltella – r.vilaltella@gremi.net
Mateo Argerich – m.argerich@gremi.net
Cordialmente,
Ricard Sánchez
Secretario General