Cómo sabéis con fecha 25 de octubre se procedió a decretar “El toque de queda” para limitar la circulación entre las 22h y las 6h en todo el territorio de Cataluña. Los trabajadores que se tengan que desplazar dentro de este horario tendrán que llevar un certificado por desplazamiento como el que os acompañamos con archivo adjunto.

A la vez hay una serie de desplazamientos autorizados que quedan recogidos en la orden que os adjuntamos. Básicamente se trata de supuestos motivados por razones sanitarias, de urgencia y excepcionalmente por asistencia a espectáculos.

Para más detalle os recomendamos leer esta resolución.

>DESCARGAR CERTIFICADO AUTORESPONSABLE DE DESPLAZAMIENTO

>DESCARGAR RESOLUCIÓN SLT/2620/2020E