El pasado 12 de marzo el Consejo de Ministros aprobó la creación del Fondo de Recapitalización de Empresas Afectadas por COVID (Real Decreto-ley 5/2021, de medidas extraordinarias de apoyo a la solvencia empresarial en respuesta a la pandemia de la COVID-19). Es un fondo de apoyo a la solvencia de empresas medianas que atraviesen dificultades de carácter temporal a consecuencia de la pandemia de la COVID-19, pero que se consideren viables a futuro y también lo fueran antes del inicio de la crisis sanitaria.

Este nuevo fondo está dotado con 1.000 millones de euros y su gestión ha sido encomendada a COFIDES. El fondo se dirige a fortalecer y recuperar de una forma ágil y eficaz la solvencia de empresas de mediano tamaño que, no teniendo problemas de viabilidad a fecha de 31/12/2019, se han visto afectadas como consecuencia del impacto de la crisis de la COVID-19 y siguen siendo viables a medio y largo plazo.

Os detallamos las principales características del Real Decreto Ley 5/2021, de 12 de marzo:

a. Objeto: Dirigido a reforzar los balances de empresas que eran viables a diciembre de 2019, pero que se enfrentan a problemas de solvencia para la pandemia.

b. Dotación y gestión: Este fondo está dotado a 1.000 millones de euros y será gestionado por COFIDES, empresa con capital público-privado.

c. Instrumentos: Las ayudas se realizarán en forma de instrumentos financieros, como préstamos ordinarios, préstamos participativos, capital u otros a empresas que atraviesen dificultades temporales y que no puedan acceder a las ayudas del Fondo de apoyo a la solvencia de empresas estratégicas, gestionado por SEPI, que tiene un importe mínimo de aportación de 25 millones de euros. En ningún caso el Fondo apoyará financieramente a empresas que con anterioridad a la crisis de la COVID-19 tuvieran problemas de viabilidad o a aquellas que se consideren inviables a futuro. La financiación otorgada con cargo a este Fondo será incompatible con la otorgada por el Fondo de apoyo a la solvencia de empresas estratégicas, previsto en el Real Decreto-ley 25/2020, de 3 de julio, de medidas urgentes para la reactivación económica y el empleo.

Pendiente de aprobación por el Consejo de Ministros:

  • El Fondo está pensado para cualquier empresa de cualquier sector de tamaño medio, con una facturación anual en 2019 de entre 15 a 400 millones de euros.
  • Han de ser empresas que se encuentren “En dificultades temporales”, es decir, que tengan un decrecimiento de la cifra de negocio respecto al año 2020, del 30% o incluso un poco más bajo.
  • Que sea viable antes y después del Covid-19.
  • Se hará un rating financiero (encara no sabe si será un rating propio o externo).
  • Será un fondo de riesgo pero habrán límites.
  • Las empresas no podran haber tenido pérdidas en el ejercicio 2019.
  • El umbral de las peticiones estará posiblemente entre 5 y 25 millones de euros.
  • Será clave para ellos el plan de negocio, que todo solicitante deberá pesentar.
  • Analizaran caso por caso y el Préstamo Participativo será el instrumento estrella pero pueden hacer inversiones de capital. Y también se podrán ser préstamos que complementen a los anteriores.

Los criterios de elegibilidad se determinarán por Acuerdo del Consejo de Ministros a lo largo del mes de junio y dado que será necesario posteriormente la Declaración de Contatibilidad de Ayudas de la Comisión Europea por ser Ayudas del Estado, se estima que a inicios de julio se realice la apertura del plazo de solicitudes.

Desde el Gremio disponemos de una asesora especializada en este servicio.

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