Les remitimos la presente nota a fin de informarles sobre las novedades relativas al pago fraccionado del Impuesto sobre Sociedades incorporadas por el Real Decreto-ley 2/2016.

Dichas medidas afectan exclusivamente a aquellas empresas cuyo importe neto de la cifra de negocios en los 12 meses anteriores a la fecha en que se inicie el período impositivo haya sido superior a 10 millones de euros y resultan ya de aplicación para el cálculo del pago fraccionado a presentar durante este mes de octubre:

  • Tipo del pago fraccionado. Se establece un tipo del 24 por ciento para el cálculo del pago fraccionado (en vez del 17 por ciento actual).
  • Pago fraccionado mínimo. Con independencia de lo anterior, se fija asimismo un pago fraccionado mínimo del 23 por ciento del resultado contable positivo.

Para más información al respecto pueden contactar con la asesoría fiscal del Gremi. Tel. 93 481 31 61