El 31 de enero se publicó en el Boletín Oficial del Sido la Orden ESS/70/2016, de 29 de enero, por la cual se desarrollan las normas legales de cotización a la Seguridad Social, desempleo, protección por cese de actividad, Fondos de Garantía Salarial y formación profesional, contenidas en el artículo 115 de la Ley 48/2015, de 29 de octubre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2016.
La norma entró en vigor el 31 de enero de 2016, con efectos desde el día 1 de enero de 2016.
Cómo es habitual, la Orden no sólo reproduce las bases y tipos de cotización para los diferentes Regímenes que conforman la estructura del sistema de la Seguridad Social reflejados en el texto legal de referencia (LPGE 2016), sino que adapta las bases de cotización establecidas a todos los efectos a los supuestos de contratos a tiempo parcial (artes. 36 a 43); determina las cuotas a abonar en los contratos para la formación y el aprendizaje (arte. 44); establece las reglas a seguir en la cotización de contratos temporales de corta duración (arte. 26), cuando tienen que abonarse salarios con carácter retroactivo (arte. 27), por la percepción de vacaciones reportadas y no disfrutadas (arte. 28), por salarios de tramitación (arte. 29), así como los coeficientes aplicables para determinar la cotización a la Seguridad Social en supuestos específicos como el subsidio por desocupación (arte. 23).

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