A efectos de clarificar cuáles son las actividades que pueden restar abiertas para dar servicio a la cadena de producción de los llamados servicios esenciales, os pasamos la relación de estos servicios esenciales. Si trabajáis actualmente para garantizar el correcto funcionamiento de estos sectores podréis mantener la actividad.

Por razones de prudencia sería bueno que tengáis las órdenes de pedido muy registradas y las conservéis por sí en cualquier momento por parte de la administración se solicitara una comprobación.

En cuanto al documento que facilita la movilidad de los trabajadores, mientras desde la Generalitat no se recomiende la utilización de otro documento nos remitimos a los modelos de declaración responsable como los que os hemos venido facilitando.

Os recordamos que podéis ajustar el volumen de las plantillas a las necesidades reales de producción que tengáis y que por lo tanto no es necesario que esté trabajando todo el personal.

Relación de actividades esenciales si formáis parte de la cadena de proveedores de estos sectores parte necesaria podréis permanecer abiertos:

B.O.E 463 de 14 de marzo de  2020

  • Las que trabajan en las actividades que participan en la cadena de abastecimiento del mercado y en el funcionamiento de los servicios de los centros de producción  de bienes y servicios de primera necesidad, incluyendo alimentos, bebidas, alimentación animal, productos higiénicos, medicamentos, productos sanitarios o cualquier producto necesario para la protección de la salud, permitiendo la distribución de los mismos desde el origen hasta el destino final.
  • Las que prestan servicios en las actividades de hostelería y restauración que prestan servicios de entrega a domicilio.
  • Los que prestan servicios en la cadena de producción y distribución de bienes, servicios, tecnología sanitaria, material médico, equipos de protección equipamiento sanitario y hospitalario y cualesquiera otros materiales necesarios para la prestación  de servicios sanitarios.
  • Aquellas imprescindibles para el mantenimiento de las actividades productivas de la industria manufacturera que ofrecen los suministros, equipos y materiales necesarios para el correcto desarrollo de las actividades esenciales recogidas en este anexo.
  • Las que prestan servicios en puntos de venta de prensa y en medios de comunicación o agencias de noticias de titularidad pública y privada, así como en su impresión o distribución.
  • Las de empresas de telecomunicaciones y audiovisuales y de servicios informáticos esenciales, así como aquellas redes e instalaciones que los soportan y los sectores o subsectores necesarios para su correcto funcionamiento, especialmente aquellos que resulten imprescindibles para la adecuada prestación de los servicios públicos, así como el funcionamiento del trabajo no presencial de los empleados públicos.
  • Las que prestan servicios en aquellos sectores o subsectores que participan en la importación y suministro de material sanitario, como las empresas de logística, transporte, almacenaje, transito aduanero (transitarios) y, en general, todas aquellas que participan en los corredores sanitarios.
  • Las que trabajan en la distribución y entrega de productos adquiridos en el comercio por internet, telefónico o correspondencia.
  • Las de empresas de servicios financieros, incluidos los bancarios, de seguros de inversión, para la prestación de los servicios que sean indispensables, y las actividades propias de las infraestructuras de pagos y de los mercados financieros.

Si queréis conocer la lista entera clickar al link.

https://www.boe.es/buscar/doc.php?id=BOE-A-2020-4166

> DESCARGAR AQUÍ EL CERTIFICADO DE MOVILITAT

Atentamente,

Ricard Sánchez

Secretario General